Hoy en día encontramos muchos países que no respetan los derechos humanos, e inclusive los derechos de los niños fundamentales. En los últimos seis años, nos encontramos con que el mundo ha sido testigo de un aumento del 70% en número de países que plantean un riesgo extremo para los derechos tanto humanos como de los niños.
Por derechos humanos entendemos aquellos derechos que son esenciales para todos los seres humanos sin distinción de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen étnico, color, religión, lengua u otra condición. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles. El avance de uno facilita el avance de los demás, pero de la misma forma, la privación de un derecho afecta negativamente al resto.
El derecho internacional de los derechos humanos, establece las obligaciones que tienen los gobiernos de tomar medidas en determinadas situaciones, o de abstenerse de actuar de determinada manera en otras situaciones, con el fin de promover y proteger los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas.
El principio de universalidad de los derechos humanos es la piedra angular del derecho internacional de los derechos humanos. Este principio se ha renovado en numerosos convenios, declaraciones y resoluciones internacionales de derechos humanos. Por ejemplo, en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en 1993 en Viena, se dispuso que todos los Estados tenían la obligación de promover y proteger todos los derechos humanos y libertades fundamentales, independientemente de los sistemas políticos, económicos y culturales.
Todos los Estados han fortalecido al menos uno de los principales tratados de los derechos humanos, mostrando el consentimiento de los Estados para establecer obligaciones jurídicas que se comprometen a cumplir. Algunas normas fundamentales de los derechos humanos poseen protección universal.
Los derechos humanos no deben suprimirse salvo en determinadas situaciones y según las debidas garantías procesales, es decir, son inalienables. Pongamos un ejemplo: a una persona que ha cometido un delito, se la puede restringir el derecho a la libertad si el tribunal de justicia determina que es culpable.
La no discriminación es un principio transversal de los derechos humanos. Está presente en todos los tratados de derechos humanos y es el tema central de algunas convenciones internacionales como la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas Formas de Discriminación Racial y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la mujer. El principio de no discriminación se aplica a todas las personas en relación con todos los derechos humanos y libertados, y prohíbe la discriminación de sexo, raza, color...
Los derechos humanos incluyen tanto derechos como obligaciones. Los Estados asumen las obligaciones y deberes, en justicia del derecho internacional de respetar, proteger y realizar los derechos humanos. La obligación de respetarlos se refiere a que el Estado debe abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos humanos o limitarlos. La obligación de protegerlos reclama que los Estados impidan los abusos de los derechos humanos contra individuos y grupos. Y la obligación de realizarlos significa que los Estados deben adoptar medidas positivas para facilitar el disfrute de los derechos humanos básicos. Al igual que debemos respetar nuestros derechos humanos, también debemos respetar los derechos humanos de los demás.
Por derechos del niño entendemos aquel conjunto de normas jurídicas que protegen a las personas hasta determinada edad. Todos y cada uno de los derechos de la infancia son inalienables e irrenunciables, por lo que ninguna persona puede vulnerarlos o desconocerlos. Varios documentos consagran los derechos de la infancia en el ámbito internacional, entre ellos la Declaración de los Derechos del Niño y la Convención sobre los Derechos del Niño.
La Convención sobre los Derechos del Niño aportó una nueva visión, que antes no existía, de los niños como sujetos de derechos. Los derechos de la infancia se basan en cuatro principios:
- La no discriminación.
- El interés superior del niño: cualquier decisión, ley o política que pueda afectar a la infancia tiene que tener en cuenta qué es lo mejor para el niño.
- El derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo.
- La participación: los menores de edad tienen derecho a ser consultados sobre las situaciones que les afecten y a que sus opiniones sean tenidas en cuenta.
Respecto a los derechos del niño en el ámbito familiar, el artículo 19 de la Convención señala que el Estado tiene la obligación de proteger a los niños de todas las formas de malos tratos llevado a cabo por padres, madres o cualquier otra persona. Hasta día de hoy, 14 son los países que han prohibido expresamente el castigo físico dentro de la familia, 12 de ellos después de haber firmado la Convención. En España, se ha modificado el Código Civil para que no se contemple la posibilidad de que niñas y niños puedan ser golpeados por cualquier persona.
En el ámbito educativo, la Convención compromete a los gobiernos a impartir educación obligatoria y gratuita a todos lo niños. En España, en 1990, se amplió la edad de escolarización hasta los 16 años y recientemente, se ha extendido la educación gratuita a los niños de entre 3 y 6 años.
En el ámbito social, en el caso de que las famillias no sean capaces de cuidar y proteger a sus hijos o no dispongan de medios para hacerlo, los gobiernos tienen la responsabilidad de ayudarles o de ocuparse de los niños, buscándoles familia de adopción o acogimiento o una institución adecuada. En España, la Ley de Protección Jurídica del Menor de 1996 establece los procedimientos para que estos procesos se hagan teniendo en cuenta el interés de la niña o del niño.
Finalmente decir que, pienso que debemos partir del principio de que todos los derechos son fundamentales y no debemos establecer ningún tipo de jerarquía entre ellos, pues haciéndolo así estaremos cometiendo grandes violaciones contra alguno de ellos. Es imposible imaginar una vida digna, sin disfrutar de los derechos y no respetarlos supone atentar con la dignidad humana. No es necesario de que se nos repita constantemente que todos los seres humanos somos iguales, porque ya lo sabemos, pero debemos ser conscientes de que toda la situación de injusticia y desigualdad puede cambiar si realmente ponemos empeño en ello.
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